EXPEDICIÓN
Es el procedimiento legal que deberá seguir la autoridad competente para decretar el Programa de Ordenamiento Ecológico. Tiene dos propósitos:
1) que los sectores que participaron en la formulación validen o manifiesten lo que a su derecho convenga, respecto de la propuesta final del programa que habrá de decretarse para su posterior ejecución y,
2) cumplir con las disposiciones jurídicas que establezcan las leyes en la materia para que el programa de Ordenamiento Ecológico se decrete y publique en los órganos de difusión oficiales que correspondan (Diario Oficial de la Federación, Periódicos Oficiales de las Entidades Federativas o Gacetas Municipales).
Es a partir de este momento que el Programa de Ordenamiento empieza a tener vigencia legal.
Autoridades competentes
Federal: Enrique Peña Nieto, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
Estatal: Hector Astudillo Flores, Gobernador del Estado de Guerrero.
Municipal: Evodio Velazquez Aguirre
Comité
Decreto en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado No. 80. Por el que se aprueba la incorporación del municipio de Acapulco.
Sociedad: los habitantes del municipio de Acapulco.
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